La sentencia estima el recurso de suplicación interpuesto por la Federación y anula la tabla salarial del convenio en lo relativo a la retribución diaria de los trabajadores eventuales que prestan servicios para un empleador menos de 120 días al año, fijando el SMI diario en 48,55€ por todos los conceptos, tal y como defendía la Federación, y no en los 47,59€ acordados por Asaja y CCOO con el visto bueno de la delegación de empleo de la Junta