Sindicatos europeos convocan una manifestación para exigir una Directiva que limite la subcontratación y promueva el empleo directo
EFFAT, EFBWW, y ETF han convocado una manifestación ante el Parlamento Europeo el próximo 10 de febrero
Las federaciones sindicales europeas EFFAT, EFBWW, y ETF, que representan a las personas trabajadoras de sectores como la construcción, la alimentación, la agricultura, la hostelería y el transporte, con alta demanda de mano de obra y vulnerables al fraude, han convocado una manifestación frente a la sede del Parlamento Europeo en Estrasburgo (Francia) para el 10 de febrero, entre las 14:00 y las 16:00 horas, coincidiendo con la semana de votación del informe de Iniciativa Propia sobre Subcontratación e Intermediación Laboral.
Las tres federaciones exigen al Parlamento Europeo que apoye esta Iniciativa, adoptada por la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, que persigue limitar la subcontratación y promover el empleo directo, y proponga una Directiva de la UE que aborde la explotación en la contratación, la subcontratación y la intermediación laboral.
Las federaciones sindicales denuncian que un gran porcentaje de los trabajadores de nuestros sectores sufre explotación y trato desigual debido a modelos empresariales explotadores que prosperan gracias a prácticas abusivas de subcontratación e intermediación laboral no regulada.
Es por ello que exigen la aprobación urgente de una Directiva de la UE que persiga:
1. Limitar la subcontratación y promover el empleo directo
Prohibir la subcontratación de las actividades principales de las empresas y limitar el número de niveles de subcontratación a uno o dos subniveles. La evidencia demuestra que las cadenas largas y complejas de subcontratación contribuyen a situaciones laborales inseguras, pero también conducen al dumping en la negociación colectiva, el fraude social y la delincuencia laboral. Muchos trabajadores empleados en cadenas de subcontratación realizan las mismas tareas en el mismo lugar de trabajo que los trabajadores empleados directamente, pero trabajan más horas, reciben salarios más bajos, tienen mayores riesgos para la salud y la seguridad y sufren mayor inseguridad. El empleo directo debería ser la norma. Cuando los trabajadores no están empleados directamente, la igualdad de trato plena —con igualdad de remuneración por igual trabajo en el mismo lugar de trabajo como principio fundamental— es un principio innegociable.
2. Responsabilidad en toda la cadena: Todas las partes deben asumir la responsabilidad.
Establecer un sistema de responsabilidad solidaria en toda la cadena que abarque tanto las situaciones transfronterizas como las nacionales, garantizando que todas las entidades (cliente, contratistas y subcontratistas) sean responsables de las violaciones de los derechos de los trabajadores que se produzcan a lo largo de la cadena de subcontratación. Esto no solo generaría seguridad jurídica, promovería la igualdad de trato y prácticas empresariales más reflexivas, sino que también facilitaría a los trabajadores la búsqueda y el cumplimiento de sus derechos y la compensación por abuso y negligencia. Con demasiada frecuencia, los trabajadores se ven prácticamente indefensos en caso de vulneración de sus derechos, como el impago de salarios y los accidentes laborales. Asimismo, se podría garantizar mejor el importe correcto de las cotizaciones y prestaciones a la seguridad social.
3. Prohibir el desplazamiento de trabajadores por agencias
Eliminar el uso de intermediarios laborales en el desplazamiento y promover el empleo directo. En el caso de los trabajadores desplazados, los intermediarios actúan principalmente como proveedores exclusivamente de mano de obra que, en situaciones de subcontratación transfronteriza, se lucran con salarios inferiores a los previstos, pagos insuficientes a la seguridad social y prácticas de dumping fiscal. Las agencias no cumplen los criterios de desplazamiento genuino establecidos en la Directiva de Ejecución de 2014.
4. Regular a los intermediarios laborales
Crear una licencia comunitaria para las agencias de contratación y colocación, así como otros intermediarios. Debería prohibirse el cobro de gastos de contratación y de viaje a los trabajadores. En algunos sectores, es evidente que los intermediarios deben prohibirse por completo. Es necesario abordar las deficiencias de la Directiva sobre trabajadores temporales.
La explotación en nuestros sectores suele deberse a la falta de transparencia en los procedimientos de contratación por parte de los intermediarios laborales, cuya actividad en toda Europa está poco regulada, o incluso no está regulada. A menudo, garantizan el vínculo con el empleador y cobran a los trabajadores honorarios elevados e injustificados. Algunos de estos intermediarios incluso actúan como capataces.
5. Mejor cumplimiento
Aumentar la frecuencia y reforzar la eficacia de las inspecciones laborales. Garantizar la aplicación efectiva de las sanciones, especialmente en situaciones transfronterizas. La mayoría de las inspecciones de trabajo carecen gravemente de recursos y personal adecuados, así como de herramientas digitales transfronterizas actualizadas. La Autoridad Laboral Europea debe tener un mandato más sólido y estar mejor capacitada para tomar medidas significativas en materia de cumplimiento transfronterizo.
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