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UGT FICA firma el Convenio Estatal de Pastas, Papel y Cartón
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UGT FICA firma el Convenio Estatal de Pastas, Papel y Cartón

Expirado

A partir de ahora, e independientemente del día de su publicación en el BOE, las empresas tienen un plazo de tres meses para incorporar los incrementos salariales y mejoras pactadas en el nuevo convenio

La Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Estatal de Pastas, Papel y Cartón firmó ayer definitivamente el acuerdo alcanzado el pasado 14 de abril para renovar el texto del nuevo convenio.

El preacuerdo establece, entre otros, los siguientes puntos:

  • 3 años de vigencia (1 enero 2023- 31 de diciembre 2025)

  • Incrementos salariales:

    • 4,5% sobre tablas y RTTB en 2023.

    • 3% sobre tablas y RTTB en2024.

    • 2,5% sobre tablas y RTTB en 2025.

  • Cláusula de actualización salarial al término de la vigencia: En el caso de que la suma de los IPC de los años 2024-2025 supere a la suma de los incrementos pactados para este periodo (5,5%), la RTTB y las tablas de salida para 2026 se actualizarán con dicha diferencia.

  • Disfrute de los permisos retribuidos: El inicio del disfrute de los permisos retribuidos será el primer día de trabajo desde el hecho causante.

  • Lactancia acumulada: 14 días que se podrán disfrutar hasta los 12 meses del menor.

  • Nuevo permiso por nacimiento: 2 días de permiso por nacimiento para aquellas situaciones que no se tenga el período mínimo de cotización para poder disfrutar de las 16 semanas establecidas con carácter general.

  • Modificación del artículo 8.1 sobre trabajos de GP superior: Se elimina el plazo ininterrumpido de 3 meses, dejándolo en un máximo de 3 meses en un período de 6.

  • Regulación del trabajo a distancia y desconexión digital.

  • Regulación de la formación bonificada. Procedimiento, información a la RLPT, discrepancias, etc.

  •  Contratos temporales: Se aumenta el límite máximo de 6 a 9 meses exclusivamente para aquellas contrataciones de plantilla directa. (No para ETTs). También se acuerda la posibilidad de aumentar de 9 a 12 meses con la obligación para las empresas de transformar a indefinidos un mínimo del 20% anual de dichos contratos.

Desde este momento, e independientemente de la fecha de la publicación del convenio en el BOE, las empresas tienen 3 meses, como máximo, para hacer efectiva la aplicación económica pactada.