UGT FICA firma el Convenio Estatal de Pastas, Papel y Cartón
Expirado
A partir de ahora, e independientemente del día de su publicación en el BOE, las empresas tienen un plazo de tres meses para incorporar los incrementos salariales y mejoras pactadas en el nuevo convenio
La Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Estatal de Pastas, Papel y Cartón firmó ayer definitivamente el acuerdo alcanzado el pasado 14 de abril para renovar el texto del nuevo convenio.
El preacuerdo establece, entre otros, los siguientes puntos:
3 años de vigencia (1 enero 2023- 31 de diciembre 2025)
Incrementos salariales:
4,5% sobre tablas y RTTB en 2023.
3% sobre tablas y RTTB en2024.
2,5% sobre tablas y RTTB en 2025.
Cláusula de actualización salarial al término de la vigencia: En el caso de que la suma de los IPC de los años 2024-2025 supere a la suma de los incrementos pactados para este periodo (5,5%), la RTTB y las tablas de salida para 2026 se actualizarán con dicha diferencia.
Disfrute de los permisos retribuidos: El inicio del disfrute de los permisos retribuidos será el primer día de trabajo desde el hecho causante.
Lactancia acumulada: 14 días que se podrán disfrutar hasta los 12 meses del menor.
Nuevo permiso por nacimiento: 2 días de permiso por nacimiento para aquellas situaciones que no se tenga el período mínimo de cotización para poder disfrutar de las 16 semanas establecidas con carácter general.
Modificación del artículo 8.1 sobre trabajos de GP superior: Se elimina el plazo ininterrumpido de 3 meses, dejándolo en un máximo de 3 meses en un período de 6.
Regulación del trabajo a distancia y desconexión digital.
Regulación de la formación bonificada. Procedimiento, información a la RLPT, discrepancias, etc.
Contratos temporales: Se aumenta el límite máximo de 6 a 9 meses exclusivamente para aquellas contrataciones de plantilla directa. (No para ETTs). También se acuerda la posibilidad de aumentar de 9 a 12 meses con la obligación para las empresas de transformar a indefinidos un mínimo del 20% anual de dichos contratos.
Desde este momento, e independientemente de la fecha de la publicación del convenio en el BOE, las empresas tienen 3 meses, como máximo, para hacer efectiva la aplicación económica pactada.
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