original 1

Alcanzado un preacuerdo en el Convenio Estatal de Pastas, Papel y Cartón
Featured

Alcanzado un preacuerdo en el Convenio Estatal de Pastas, Papel y Cartón

Expirado

El principio de acuerdo contempla tres años de vigencia, e incorpora incrementos salariales del 4,5% sobre tablas y Retribución Total Teórica Bruta (RTTB) para el año 2023, del 3% sobre tablas y RTTB para 2024, y del 2,5% sobre tablas y RTTB para el 2025, con cláusula de actualización salarial

La Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Estatal de Pastas, Papel y Cartón, ha alcanzado un principio de acuerdo para renovar el texto del nuevo convenio, que será firmado, presumiblemente, el próximo 26 de abril, una vez se hayan revisado los textos y tablas salariales definitivas.

El preacuerdo establece, entre otros, los siguientes puntos:

  • 3 años de vigencia (1 enero 2023- 31 de diciembre 2025)

  • Incrementos salariales:

    • 4,5% sobre tablas y RTTB en 2023.

    • 3% sobre tablas y RTTB en2024.

    • 2,5% sobre tablas y RTTB en 2025.

  • Cláusula de actualización salarial al término de la vigencia: En el caso de que la suma de los IPC de los años 2024-2025 supere a la suma de los incrementos pactados para este periodo (5,5%), la RTTB y las tablas de salida para 2026 se actualizarán con dicha diferencia.

  • Disfrute de los permisos retribuidos: El inicio del disfrute de los permisos retribuidos será el primer día de trabajo desde el hecho causante.

  • Lactancia acumulada: 14 días que se podrán disfrutar hasta los 12 meses del menor.

  • Nuevo permiso por nacimiento: 2 días de permiso por nacimiento para aquellas situaciones que no se tenga el período mínimo de cotización para poder disfrutar de las 16 semanas establecidas con carácter general.

  • Modificación del artículo 8.1 sobre trabajos de GP superior: Se elimina el plazo ininterrumpido de 3 meses, dejándolo en un máximo de 3 meses en un período de 6.

  • Regulación del trabajo a distancia y desconexión digital.

  • Regulación de la formación bonificada. Procedimiento, información a la RLPT, discrepancias, etc.

  •  Contratos temporales: Se aumenta el límite máximo de 6 a 9 meses exclusivamente para aquellas contrataciones de plantilla directa. (No para ETTs). También se acuerda la posibilidad de aumentar de 9 a 12 meses con la obligación para las empresas de transformar a indefinidos un mínimo del 20% anual de dichos contratos.