UGT FICA Extremadura denuncia el despido de representantes de los trabajadores por parte de Cobra Instalaciones y Servicios
Expirado
La Federación considera lamentable la incapacidad de interlocución de la empresa para resolver un conflicto que, además, se deriva de decisiones unilaterales que vulneran los derechos laborales
La Comisión Ejecutiva Regional de UGT FICA Extremadura traslada su más absoluto rechazo a la actitud de la dirección de la empresa COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS, respecto a los injustificados despidos que se han producido en los últimos días. UGT FICA Extremadura considera lamentable comprobar, una vez más, la incapacidad de interlocución de la empresa para resolver un conflicto que, además, se deriva de decisiones unilaterales que vulneran los derechos laborales con total impunidad, aplicando despidos disciplinarios absolutamente injustificados a los representantes legales de los trabajadores, que se han limitado a ejercer su función de defensa de los intereses del conjunto de la plantilla. Esta actitud por parte de la empresa podría incurrir en la vulneración de la libertad sindical y, en tal sentido, está siendo estudiada por el Gabinete Jurídico de UGT.
La situación actual obedece a una actitud muy particular por parte de un tirano, más propio de otros tiempos, que trata de someter la voluntad y los derechos de los trabajadores, lo que en ningún modo va a consentir este sindicato. UGT FICA estará siempre abierto a buscar soluciones a los conflictos a través de la vía de la negociación y el diálogo, pero cuando se trata de imponer por la vía dictatorial y la fuerza, nos encontrarán siempre en frente en la defensa férrea de los trabajadores y trabajadoras.
Desde UGT FICA Extremadura trasladamos todo nuestro apoyo y solidaridad a los compañeros despedidos, en la seguridad de que la resolución judicial del proceso en curso les será favorable y serán readmitidos. Confiamos en que la sanción impuesta a la empresa por este comportamiento sea contundente y ejemplar, acorde con el ataque directo al legítimo derecho a la libertad sindical que se ha perpetrado por parte de la empresa.
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