La Seguridad Social resuelve la solicitud realizada por UGT FICA Cataluña en base a la concurrencia de circunstancias de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad en determinados puestos de trabajo
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS), organismo dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha resuelto la asignacion de los coefientes reductores de las personas trabajadoras de los puestos de trabajo de exterior de varios centros de trabajo de la empresa Ciments Figueres, SAU. En concreto, los puestos de trabajo afectados corresponden a las explotaciones de "Esquífets", (RA-5) en TM Llers, "Molí Nou", (RA-316) en TM Llers, "Maria del Carme", (RA-22) en TM Terrades y "Bac de la Guárdia", (RA-467) en TM Terrades, todos ellos en Girona.
La resolución de la DGOSS ha sido consecuencia de la solicitud de asignación de coeficientes reductores de la edad de jubilación realizada por el secretario del Sector Minero de UGT FICA Cataluña, Javier Yélamos, en representación de los trabajadores de la Ciments Figueres, que cuenta con cuatro explotaciones mineras en las que se dedica a la extracción, clasificación y elaboración de cemento, disponiendo de un establecimiento de beneficio minero donde se realiza el tratamiento y producción del cemento.
La reducción de la edad de jubilación para el supuesto de concurrencia de deteminadas circunstancias de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad, en el desempeño de determinados puestos de trabajo, es de aplicación a los trabajadores por cuenta ajena de la minería, incluidos en el ámbito del Estatuto del Minero y no comprendidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de la Minería del Carbón, en los términos y condiciones establecidos en el Capítulo I del mencionado Real Decreto 2366/1984.
De esta forma, la DGOSS ha resuelto asignar los siguientes coeficientes reductores:
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El Coeficiente 0,15, a los trabajadores de exterior que realicen labores de roza y arranque con similares riesgos a los tenidos en cuenta para las categorías de interior que desempeñen labores del mismo tipo.
-Operario de extracción en cantera.
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El Coeficiente 0,10, a los trabajadores de exterior que participen de forma directa en el desarrollo de labores mineras distintas de las de roza y arranque con concurrencia de riesgos pulvígenos (Operario de maquinaria móvil, trituración y molienda).